Derecho Bancario

Reclamar los gastos de constitución de la hipoteca

Durante años los bancos trasladaron a sus clientes la totalidad de los gastos de formalización de la hipoteca. Los tribunales han declarado abusiva esa práctica y hoy es posible recuperar buena parte de esas cantidades.

Reclamar los gastos de constitución de la hipoteca

Qué gastos se pueden reclamar

La sentencia del Tribunal Supremo de 23 de diciembre de 2015 declaró abusiva la cláusula que imponía al consumidor todos los gastos de la hipoteca. En enero de 2019 el Supremo fijó cómo deben repartirse: los aranceles de notaría y los gastos de gestoría se dividen al 50 %, y los de registro de la propiedad corresponden al banco, que es quien se beneficia de la inscripción de la garantía.

Posteriormente, el Tribunal de Justicia de la Unión Europea y el propio Supremo han ido matizando otros conceptos, como la tasación, que en numerosas resoluciones se ha considerado reclamable cuando la cláusula se declara abusiva. Para las hipotecas firmadas desde el 16 de junio de 2019, la Ley 5/2019 de contratos de crédito inmobiliario establece que el banco asume la mayoría de los gastos, salvo la tasación.

  • Notaría: 50 % de la escritura de préstamo hipotecario.
  • Registro de la propiedad: 100 % de la inscripción de la hipoteca.
  • Gestoría: 50 % de los honorarios.
  • Tasación: reclamable según los criterios judiciales aplicables al caso.
  • Escrituras de cancelación o novación en determinados supuestos.

La prescripción: una cuestión clave

El plazo para reclamar la devolución de los gastos ha sido objeto de un intenso debate. La jurisprudencia europea ha establecido que el plazo no puede empezar a contar de forma que haga imposible o excesivamente difícil el ejercicio de los derechos del consumidor, y que debe tenerse en cuenta el momento en que este pudo conocer el carácter abusivo de la cláusula.

Esta doctrina ha abierto la puerta a reclamar hipotecas firmadas hace muchos años. Aun así, cada caso debe analizarse de forma individual y conviene no demorar la reclamación.

Cómo calculamos lo que te corresponde

Necesitamos las facturas de notaría, registro, gestoría y tasación. Si no las conservas, pueden solicitarse a la notaría, al registro o a la gestoría, y nosotros te ayudamos a hacerlo. Con ellas calculamos la cantidad exacta, añadimos los intereses legales desde el pago y preparamos la reclamación.

La cantidad media recuperada depende del importe de la hipoteca y de la comunidad autónoma, pero es habitual que oscile entre varios cientos y algunos miles de euros.

Preguntas frecuentes

¿Puedo reclamar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados?+

Para hipotecas anteriores a noviembre de 2018 el Supremo entendió que el impuesto correspondía al cliente, por lo que en general no es reclamable. Desde esa fecha lo paga el banco por ley.

¿Y si ya vendí la vivienda?+

Puedes reclamar igualmente los gastos que pagaste al constituir la hipoteca.

¿Es compatible con otras reclamaciones?+

Sí. Puede reclamarse junto con la cláusula suelo, el IRPH u otras cláusulas abusivas.

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