
Qué es el IRPH
El Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios (IRPH) fue utilizado por numerosas entidades como alternativa al Euríbor. Durante muchos años se mantuvo bastante por encima del Euríbor, lo que encareció las cuotas de cientos de miles de familias, que en muchos casos no recibieron información comparativa sobre su evolución.
Las resoluciones del TJUE
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea, en su sentencia de marzo de 2020, declaró que la cláusula IRPH está sometida al control de transparencia de la Directiva 93/13. Posteriormente, en 2023 y 2024, precisó que el banco debía facilitar información suficiente para que el consumidor comprendiera el funcionamiento del índice y sus consecuencias económicas, y que la publicación del índice en el BOE no basta por sí sola para considerarla transparente.
El TJUE también indicó que, si la cláusula es abusiva y el contrato no puede subsistir sin ella, el juez nacional puede sustituir el índice por otro legal, lo que en la práctica suele implicar la aplicación del Euríbor.
La situación en los tribunales españoles
La aplicación de esta doctrina por los juzgados españoles no ha sido uniforme, y el Tribunal Supremo ha ido adaptando su criterio. Por ello es imprescindible analizar cada escritura: qué información se entregó, si se incluyó la evolución histórica del índice y cómo se negoció la cláusula.
Qué podrías recuperar
Si se declara la nulidad de la cláusula, la entidad debería recalcular el préstamo con el índice sustitutivo y devolver la diferencia pagada de más, con sus intereses. En hipotecas de larga duración, esa diferencia puede ser de varios miles de euros.
- Escritura de préstamo hipotecario.
- Recibos o cuadro de amortización.
- Documentación precontractual, si la conservas.