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Abogados laboralistas: despidos, salarios y acoso laboral

Si te han despedido, te deben salarios o sufres una situación injusta en tu trabajo, los plazos para actuar son muy cortos. Te asesoramos de inmediato para proteger tus derechos.

Abogados laboralistas: despidos, salarios y acoso laboral

Despidos: actúa en 20 días hábiles

El plazo para impugnar un despido es de 20 días hábiles desde la fecha de efectos y es de caducidad, por lo que no se interrumpe salvo por la presentación de la papeleta de conciliación. Si se pasa, se pierde el derecho a reclamar. Por eso es fundamental contactar con un abogado en cuanto recibes la carta de despido.

El juez puede declarar el despido procedente, improcedente o nulo. Si es improcedente, la empresa elige entre readmitirte o indemnizarte con 33 días de salario por año trabajado, con un máximo de 24 mensualidades, aplicando las reglas transitorias para contratos anteriores a febrero de 2012. Si es nulo, por ejemplo por vulneración de derechos fundamentales, procede la readmisión obligatoria con abono de salarios.

Otras reclamaciones laborales

Defendemos a trabajadores en todo tipo de conflictos:

  • Reclamación de salarios, horas extra y pagas pendientes.
  • Acoso laboral y vulneración de derechos fundamentales.
  • Modificaciones sustanciales de condiciones de trabajo.
  • Reconocimiento de la relación laboral en falsos autónomos.
  • Incapacidades permanentes y accidentes de trabajo.
  • Conciliación de la vida familiar y laboral.

Cómo trabajamos

Revisamos tu contrato, nóminas y carta de despido, calculamos lo que te corresponde y presentamos la papeleta de conciliación. Muchos asuntos se resuelven en el acto de conciliación; si no, preparamos el juicio y te acompañamos hasta el final.

Preguntas frecuentes

¿Debo firmar la carta de despido?+

Puedes firmarla indicando «no conforme». Firmar solo acredita que la has recibido.

¿Tengo derecho a paro si me despiden?+

En general sí, si has cotizado el periodo mínimo exigido y la situación legal de desempleo es involuntaria.

¿Qué es el finiquito?+

Es la liquidación de las cantidades pendientes, como vacaciones no disfrutadas o pagas extra prorrateadas. Es distinto de la indemnización.

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