Derecho Bancario · 21 de agosto de 2026 · 7 min

Fraude bancario y phishing: ¿tiene el banco que devolverme el dinero?

Los fraudes por SMS, llamadas o correos falsos no paran de crecer. La ley de servicios de pago protege al cliente frente a las operaciones no autorizadas.

Fraude bancario y phishing: ¿tiene el banco que devolverme el dinero?

Los fraudes más habituales

El phishing (correos falsos), el smishing (SMS que suplantan al banco) y el vishing (llamadas telefónicas fraudulentas) son las técnicas más extendidas. El delincuente se hace pasar por la entidad, transmite urgencia y consigue que la víctima facilite claves o autorice operaciones sin ser consciente de ello. También son frecuentes la duplicación de tarjeta SIM y los cargos con tarjetas clonadas.

Qué dice la ley

El Real Decreto-ley 19/2018 de servicios de pago establece que, ante una operación no autorizada, el proveedor de servicios de pago debe devolver el importe de inmediato, y en todo caso a más tardar al final del día hábil siguiente a la notificación. La carga de la prueba de que la operación fue autenticada correctamente recae sobre el banco.

El banco solo puede negarse a devolver el dinero si demuestra que el cliente actuó de forma fraudulenta o incumplió sus obligaciones con negligencia grave. Y los tribunales están interpretando la negligencia grave de manera restrictiva, especialmente cuando el engaño era sofisticado y reproducía los canales oficiales de la entidad.

Qué hacer si te ocurre

La rapidez es esencial. Seguir estos pasos facilita mucho la reclamación posterior.

  • Llama inmediatamente al banco y bloquea tarjetas y accesos.
  • Presenta denuncia ante la Policía o la Guardia Civil.
  • Comunica por escrito a la entidad que no autorizaste las operaciones.
  • Guarda capturas de SMS, correos, llamadas y movimientos.
  • Notifica las operaciones como máximo dentro de los 13 meses siguientes al cargo.

Si el banco se niega a devolverte el dinero

Es habitual que la entidad rechace la devolución alegando negligencia del cliente. En ese caso se puede presentar reclamación ante el Servicio de Atención al Cliente, después ante el Banco de España y, si es necesario, acudir a la vía judicial. Cada vez son más las sentencias que condenan a los bancos a devolver lo defraudado por no contar con sistemas de seguridad suficientes.

Nuestro enfoque

En Sparta Jurídicos estudiamos cómo se produjo el fraude, qué medidas de seguridad aplicó la entidad y si cumplió sus obligaciones legales. Preparamos la reclamación con toda la documentación y, si es necesario, la demanda. Trabajamos con honorarios de éxito para que no tengas que asumir riesgos adicionales después de haber sido víctima de un delito.

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